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Mantienen
peso mínimo de faena
y fijan cronograma de suba
La
Secretaría
de Agricultura, Ganadería,
Pesca y Alimentos (Sagpya) mantuvo el peso mínimo de
ochenta y cinco kilos por media res, y dispuso un cronograma de
incremento a partir del 31 de marzo de 2008.
La
Resolución
68/07, publicada el último
día del año en el Boletín Oficial, dispone el mantenimiento del
peso mínimo de 85 kilos por media res, en balanza oficial, para las
categorías novillitos y vaquillonas.
En su artículo 2, mantuvo el
incremento en la escala de pesos máximos fijada por
la Resolución J-379
/73 de la ex Junta Nacional de Carnes en 7 kilos por media res para
las categorías novillitos y vaquillonas en todos sus tipos.
Por otra parte, prohibió la
comercialización con destino a faena y la faena comercial de
mamones y terneros (machos y hembras) cuyo peso de res con hueso
lograda sea inferior a 132 kilos desde el 1 de enero hasta el 31 de
marzo de 2008.
Asimismo, dispone incrementar el
peso mínimo de faena a 143 kilos desde el 1 de abril de 2008 y
hasta el 31 de diciembre de 2008 y a 154 kilos a partir del 1 de
enero de 2009.
"No se considerará infracción
si hasta un 10% de las reses que componen la tropa se encuentra por
debajo de los pesos mínimos de faena establecidos para cada
periodo", aclaró la norma.
Por otra parte, se exceptuó al
sacrificio de animales efectuado en establecimientos faenadores
situados en la región Patagonia Sur, en las localidades de San
Carlos de Bariloche e Ingeniero Jacobacci, y Patagonia Norte B.
También se excluye el sacrificio
de los animales bovinos de las categorías mamones y/o terneros
machos de las razas Jersey, Holstein -Holando Argentino- y sus
cruzas entre sí, provenientes de tambos, cuyo peso de res con hueso
lograda sea inferior a 50 kilos.
La
Resolución
645 de 2005 había
suspendido a partir del 1 de noviembre de ese año la faena de
mamones y terneros cuyo peso fuera menor a 260 kilos en pie y, a
partir del 1 de marzo de 2006, la de aquellos animales cuyo peso
fuera menor a 280 kilos en pie.
A partir de la entrada en vigencia
de esta Resolución, "la participación en la faena de terneros
y terneras disminuyó en forma significativa, lo cual llevó a que
se modificaran en reiteradas oportunidades tanto el peso como el
plazo de aplicación", recordó la norma en sus considerandos.
Finalmente, mediante las
Resoluciones 916/06 y 14/07 se prohibió la faena comercial de
mamones y terneros (machos y hembras) cuyo peso fuera menor a 240
kilos en pie.
Pese a que esta medida
"contribuyó a adaptar el mercado de carnes a la mayor demanda
externa sin desatender la expansión del consumo interno",
debido a las oscilaciones de los pesos mínimos de faena y de los
períodos contemplados "muchos establecimientos ganaderos no
han podido lograr un peso de salida acorde al establecido" ya
que se han visto en la obligación de readaptar sus planteos
productivos constantemente", admitió.
Además, durante 2007, ciclos de
sequía e inundación afectaron en forma indirecta la oferta
forrajera y obligaron a evacuar la totalidad de la hacienda, la cual
en muchos casos debe ser irremediablemente remitida a faena con
pesos próximos al mínimo establecido, no necesariamente bien
terminados y, por lo tanto, con rendimientos inferiores a los
esperados.

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